¿Siempre has contribuido al desarrollo internacional y deseas continuar tu compromiso con las comunidades más vulnerables? Las donaciones planificadas podrían ser la mejor manera de apoyar la causa que más te importa. Ya sea a través de un legado testamentario, un donativo mediante un seguro de vida o una donación de valores mobiliarios, tienes varias opciones a tu disposición.
En un legado particular, se especifica el monto o el porcentaje de un activo, un bien, valores (acciones, planes de ahorro para la jubilación, fondos de ingreso de jubilación) o una póliza de seguro de vida que se donará. Por ejemplo: Lego al CECI, organismo de caridad registrado con el número 118846575 RR 0001, la cantidad de $...
En un legado residual, se dona lo que quede en el patrimonio después de efectuar el pago de las deudas y los legados particulares. Este legado puede ser único o se puede compartir entre varios legatarios. Por ejemplo: Después de pagar mis deudas y mis legados particulares, como se especifican, lego el residuo de mi patrimonio al CECI, organismo de caridad registrado con el número 118846575 RR 0001.
En un legado universal, se dona el conjunto de bienes a una o varias personas u organismos de caridad. Por ejemplo: Lego mis bienes al CECI, organismo de caridad registrado con el número 118846575 RR 0001, y a mi prima Denise Tremblay, en una proporción de 1/3 y 2/3, respectivamente.
Asimismo, puede establecer al CECI como su legatario en caso de premoriencia o de fallecimientos simultáneos. Por ejemplo: Lego a mi cónyuge, a quien establezco como mi único legatario universal, el conjunto de mis bienes. Si fallece antes que yo o dentro de los 30 días siguientes a mi fallecimiento, nombro como sustituto al CECI, organismo de caridad registrado con el número 118846575 RR 0001 como mi legatario universal.
Las condiciones de vida evolucionan y su póliza de seguro de vida ya no satisface sus necesidades iniciales. Podría cederla al CECI, para que se convierta en su propietario y beneficiario a partir de su fallecimiento. Al efectuar la cesión, obtendrá un recibo de donación a un organismo de caridad por el valor de compra de la póliza. Si la póliza no ha quedado liberada y usted sigue pagando la prima, tendrá derecho a un recibo por los pagos posteriores.
Puede seguir siendo propietario de su póliza de seguro de vida y designar al CECI como beneficiario de la totalidad o de una parte de la indemnización por fallecimiento. A su fallecimiento, se emite un recibo fiscal a nombre de la sucesión por el monto cobrado, que le da derecho a un crédito fiscal.
Le gustaría dar un apoyo mayor a la misión del CECI, pero actualmente no cuenta con los recursos necesarios. En ese caso, puede suscribir una nueva póliza de seguro de vida en beneficio del CECI. Si cede la propiedad de la póliza al CECI, obtendrá un recibo anual por las primas que pague. Si continúa como propietario y designa al CECI como beneficiario, la sucesión obtendrá un recibo cuando se deposite la indemnización por fallecimiento.
Las donaciones de instrumentos que cotizan en la bolsa de valores (acciones, obligaciones, fondos comunes de inversión y otros valores similares que coticen en una bolsa de valores canadiense, estadounidense o internacional) permiten contribuir a la causa que desee a un costo menor.
No obstante, para que este tipo de donaciones sean rentables desde el punto de vista fiscal, es necesario transferir el valor directamente, y no el producto de su venta. De hecho, a partir de 2006, la Agencia Canadiense de Impuestos y Revenu Québec ya no gravan la ganancia en capital cuando los valores que cotizan en la bolsa de valores se ceden a un organismo de caridad registrado, como el CECI.
Así, además de obtener un recibo por el valor de las acciones transferidas, se ahorrará el impuesto pagadero sobre la ganancia en capital obtenida. Cuanto mayor sea la ganancia en capital, mayor será la ventaja de transferir los valores directamente.
Su sucesión también puede donar valores que coticen en la bolsa y obtener las mismas ventajas fiscales sobre la ganancia en capital y el recibo por la donación. Sin embargo, su testamento debe establecer una donación de este tipo o facultar a su liquidador para que la efectúe. Asegúrese de consultar un asesor jurídico o fiscalista para que tanto usted como su liquidador estén bien informados.
En todos los casos, consulta con tu contador, tu asesor financiero o un especialista fiscal para conocer todas las implicaciones fiscales de este tipo de donaciones.
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